Gastos
de compra
Ciudadanos residentes en la UE:
Desde que España se volvió un miembro de la CEE (ahora
el UE) el 1 de Enero de 1986,hay pocas dificultades
para los miembros de la misma a la hora de comprar
una propiedad dentro de la UE, incluyendo en todas las
islas. Uno sólo procede con más cautela ya que tiene
que tener en cuenta que está en un país extranjero
con su propia moneda, idioma y leyes. Usted debería
seguir los consejos profesionales en todo momento. Los
miembros de la comunidad europea, y/o, los poseedores
del pasaporte de la comunidad europea, tienen los mismos
derechos y obligaciones en España y sus Islas como en
su país de origen. Tales derechos incluyen el derecho
de residir, asumir un empleo o abrir un negocio.
Ciudadanos no pertenecientes a la UE:
Para los ciudadanos no pertenecientes a la EU hay procedimientos
adicionales que cumplimentar que no son ciertamente
demasiado oneroso.
Gastos de compra Islas Canarias
Gastos adicionales pagables por el comprador:
Hononarios:
Notario
Registro de Propiedad
Otros gastos legales (abogado, etc).
Impuestos:
Impuesto de transmisiones
Plus Valia* (basado en el incremento del valor del terreno
desde la transacción anterior).
La suma de lo arriba mencionado no debería superar el
8%
Los Impuestos de Transmisión y/o IVA en las Transacciones
de Propiedad: Resto de España
Donde el vendedor es una compañía y o promotora, la
transferencia de terreno edificable y edificios a estrenar
atraen un impuesto de 16% (7% si el edificio es para
viviendas) más el impuesto de transmisión patrimoniales
que es un 0.5%.
Las transmisiones de terrenos rústicos/no urbanizables
y reventas o entrega subsecuente de edificios atraen
el impuesto del transmisión (de 6%) o IVA. El IVA se
aplicaría donde el comprador es empresario o profesional
(IVA Registrado) y el vendedor elige pagar el IVA en
lugar de la transmisión de impuesto.
Donde el vendedor es un individuo privado y no considerado
un promotor, del impuesto de transmisión es de 6% sin
tener en cuenta el tipo de propiedad.
Los párrafos anteriores han sido elaborados para proporcionar
una visión amplia. Para más información específica o
estratégica deberían ser consultadas fuentes especializadas.
Gastos anuales (Propiedad residencial):
Impuesto sobre la renta por no-residentes:
Esto está basado en 25% de 2% (0,5%) del valor
catastral (el valor determinado por el Ayuntamiento
a efectos fiscales).
Patrimonio:
Esto está basado en 1/5% (0,2%) del valor catastral
hasta 156.000 Euro (por escala después).
IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles).
Un impuesto municipal que es variable entre Ayuntamientos.
Quota de comunidad (en su caso).
Electricidad, agua, basura, teléfono, etc.
Los gastos anuales ascienden a aprox. 1.5% del precio
de compra